Nuevas normas para conductores de vehículos a motor

Las nuevas formas de movernos, conectarnos y comunicarnos nos exigen evolucionar. Por eso, adaptamos a los tiempos la Ley de Tráfico y Seguridad Vial, una nueva reforma que mejorará la eficacia del sistema y la convivencia entre todos.

Conoce las nuevas normas que entran en vigor el 21 de marzo:

Ahora, en carreteras convencionales, los conductores de turismos y motocicletas ya no podrán superar en 20km/h la velocidad máxima permitida para adelantar a otros vehículos. Una medida que busca minimizar el riesgo que ocasionan los adelantamientos y así reducir la siniestralidad en carretera convencional.

Ahora, no usar el cinturón de seguridad, sistemas de retención infantil y demás elementos de protección o no hacerlo de forma adecuada, te hará perder 4 puntos

Ahora, si conduces sujetando con la mano dispositivos de telefonía móvil puedes perder 6 puntos.

Ahora, arrojar a la vía o en sus inmediaciones objetos que puedan producir incendios o accidentes conlleva la pérdida de 6 puntos

Ahora, para adelantar a una bicicleta o a un ciclomotor, deberás hacerlo ocupando completamente el carril contiguo en vías de 2 o más carriles por sentido. En vías de un solo carril, tendrás que mantener la separación mínima lateral de 1,5 metros o perderás 6 puntos.  Es una manera de proteger a este colectivo vulnerable.

Ahora, los peatones tienen preferencia de paso sobre los vehículos en los pasos para peatones, en las aceras y en las zonas peatonales. Recuerda que todos en algún momento somos peatones.

Ahora, es obligatorio respetar las restricciones de circulación que responden a los protocolos activos ante episodios de contaminación y de Zonas de Baja Emisión (ZBE).

Ahora, está prohibido parar o estacionar tu vehículo en el carril bici o en vías ciclistas. La bicicleta es un medio más de transporte, cada vez más numeroso, y tenemos que aprender a convivir con él y aprender a proteger a este colectivo más vulnerable.

Ahora, llevar inhibidores de radares o cinemómetros en los vehículos está prohibido, estén conectados o no. Son sistemas que interfieren en el correcto funcionamiento de los sistemas de vigilancia de tráfico por lo que no se permite llevarlos. Hacerlo supone la pérdida de 3 puntos.

Ahora, con independencia de las infracciones que se hubieran cometido, el plazo para recuperar el saldo inicial de puntos es de 2 años si no se cometen infracciones que conlleven la pérdida de puntos.

Ahora ya no es necesario llevar físicamente tu permiso de conducir. Gracias a la App miDGT, podrás acreditar que tienes autorización para conducir.

Ahora, cuando te presentas a una prueba para la obtención o recuperación del permiso de conducir u otro trámite administrativo para conducir, no puedes utilizar dispositivos de intercomunicación no autorizados reglamentariamente. También se considera infracción muy grave colaborar o asistir a otra persona para este fin.  En caso de hacerlo, el aspirante no podrá presentarse a las pruebas para la obtención o recuperación del permiso en el plazo de seis meses.

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